PROCEDIMIENTOS DE RECLAMACIÓN A LAS NOTAS FINALES Y/O TITULACIÓN O PROMOCIÓN
Pueden consultar el procedimiento de reclamación de notas, o de titulación para cada uno de los niveles que se imparten en el centro.
1. ESO
El procedimiento de reclamación aparece en el Capítulo V artículos 21, 22 y 23 de la siguiente orden:
ORDEN ECD/624/2018, de 11 de abril, sobre la evaluación en Educación Secundaria Obligatoria en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Ante desacuerdos con notas finales o decisiones de promoción y o titulación aconsejamos, en primera instancia, hablar y consultar con el tutor o tutora, o en su caso con el profesor o profesora. Si persiste el desacuerdo, puede iniciarse el proceso de reclamación en los plazos indicados en la legislación, para lo que puede usarse el siguiente documento
modelo 060305 reclamación 1ª instancia a JE
2 . BACHILLERATO
El procedimiento de reclamación aparece en el Capítulo V artículos 19,20 y 21 de la siguiente orden:
Ante desacuerdos con notas finales o decisiones de promoción y o titulación aconsejamos,, en primera instancia, hablar y consultar con el tutor o tutora, o en su caso con el profesor o profesora. Si persiste el desacuerdo, puede iniciarse el proceso de reclamación en los plazos indicados en la legislación, para lo que puede usarse el siguiente documento
modelo 060305 reclamación 1ª instancia a JE
3. CFGM Actividades Deportivas en el Medio Natural
En tanto el Departamento competente en materia de Educación no establezca un procedimiento específico para las reclamaciones de calificaciones finales en formación profesional, tanto en lo que se refiere al procedimiento de reclamación en el centro como en el Servicio Provincial, se realizarán de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente sobre evaluación en Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Ante desacuerdos con notas finales o decisiones de promoción y o titulación aconsejamos, en primera instancia, hablar y consultar con el tutor o tutora, o en su caso con el profesor o profesora. Si persiste el desacuerdo, puede iniciarse el proceso de reclamación en los plazos indicados en la legislación, para lo que puede usarse el siguiente documento